Publicado el 1 febrero, 2023
La SEDENA a través del H. Ayuntamiento de Santa Ana, te informa sobre el reclutamiento para las Compañías del Servicio Militar Nacional Encuadrado.
I. Previo al encuadramiento.
Durante el ingreso del personal de conscriptos que estén potencialmente considerados para conformar las Compañías del Servicio Militar Nacional, las y los Comandantes de éstas, deberán realizar las siguientes acciones:
Los Soldados del Servicio Militar Nacional que hayan aprobado las evaluaciones respectivas, serán concentrados en las instalaciones de la compañía correspondiente, por lo menos de 24 a 48 horas de anticipación, para que se les proporcione el vestuario, equipo, material y armamento necesarios para su adiestramiento.
II. Durante el adiestramiento.
El adiestramiento se realizará en las instalaciones designadas para cada una de las Compañías del Servicio Militar Nacional, como se indica:
a. La 2/a. compañía del Servicio Militar Nacional bajo responsabilidad de la II Región Militar (Mexicali, B.C.), en las instalaciones del campo militar 2-F “Margarita Ortega Valdés” (Tijuana, Baja California).
b. Esta actividad puede impartirse en forma alternada con la tarea de labor social, los días jueves de cada semana, de acuerdo a las necesidades que existan en cada mando territorial; en caso de requerir mayor tiempo, deberá informarse a la Dirección General del Servicio Militar Nacional.
III. Prescripciones comunes.
a. Franquicia.
Se autorizará únicamente los fines de semana de conformidad a lo establecido en el programa de adiestramiento respectivo, que se anexa en la directiva para la organización y funcionamiento de las Compañías del Servicio Militar Nacional en vigor, y en los casos en que autorice la superioridad.
b. Pago de ayuda económica.
Ayuda económica ($130.00 de P.R.E., los que logren ascender a cabos, soldados y los que obtengan la distinción de 1/a. del Servicio Militar Nacional, dicha ayuda será de $210.00 y $160.00, respectivamente, semanales por cada conscripto), en las pagadurías más cercanas donde se encuentre ubicada la Compañía del Servicio Militar Nacional de su jurisdicción.
c. Servicio de alimentación.
Se proporcionará alimentación durante los tres tercios, en cantidad y calidad necesarios, al personal de conscriptos que conformen las compañías del Servicio Militar Nacional durante su estancia, de conformidad a las órdenes que giren las y los comandantes de las Regiones Militares involucradas.
d. Servicio Médico.
Las o los Comandantes de Región Militar serán las y los responsables de ordenar, que los escalones sanitarios más cercanos a las Compañías del Servicio Militar Nacional le proporcionen atención médica al personal de conscriptos, cuando así lo requieran, independientemente del personal y material de sanidad con que cuente dicha unidad.
e. Vestuario y equipo.
Será responsabilidad de las o los Comandantes de las Regiones Militares, solicitar a la S-4 (Log.) del E.M.C.D.N., la ministración del vestuario y equipo correspondiente, y de éstos ordenar, se proporcione el vestuario, equipo y material necesario, de conformidad a lo establecido en la directiva para la organización y Funcionamiento de las Compañías del Servicio Militar Nacional; asimismo, las y los Comandantes de cada Compañía del Servicio Militar Nacional se responsabilizarán en mantener en óptimas condiciones de uso y presentación el vestuario y equipo ministrado.
f. Bajas por actos del servicio.
Serán de conformidad a los lineamientos legalmente establecidos para personal militar en el activo.
g. Licencias.
Las solicitudes de licencia ordinaria, se podrán autorizar bajo criterio, por un lapso de 24 horas hasta 5 días de licencia, tomando en consideración la “directiva para conceder licencias al personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, emitida por DN-1, S-1 (R.H. licencias) E.M.C.D.N.”, vigente.
h. Permisos.
Las o los Comandantes de Compañía estarán facultados bajo criterio, para autorizar al personal de conscriptos que se encuentre encuadrado en las Compañías del Servicio Militar Nacional las solicitudes de permisos que eleven, hasta por 48 horas.
Interesados, favor de comunicarte al 641-324-1580 o acudir a la oficina de Instituto Municipal del Deporte en las instalaciones del H. Ayuntamiento de Santa Ana.